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Preguntas frecuentes

¿Qué requisitos necesito para asegurar mi negocio?

Información propia del Asegurado cómo:  Nombre, razón social, Ruc,  dirección, mail, entre otras. 

Información propia del bien a asegurar:   Giro de negocio, uso, Dirección, coberturas requeridas, sumas y bienes a  asegurar, siniestralidad, inspección, entre otros. 

¿Qué bienes puedo asegurar en mi empresa?

Edificios, instalaciones, contenidos propios del giro de negocio,  maquinarias, mercaderías, equipo electrónico,  la transportación de los bienes, la responsabilidad civil  que se genere ante un tercero, por su operación propia, el lucro cesante que se genere  por un siniestro cubierto, vehículos entre otros. 

¿Cuáles son las formas de pago aceptadas?

Contado: Paga con cheque o transferencia  

Financiamiento Directo: Paga con financiamiento directo de la aseguradora, con periodicidad mensual.  
La cuota 1 incluirá el correspondiente valor de prima más impuestos. 

¿Mi empresa debe tener algún tamaño mínimo o máximo para poder asegurarnos?

No, podemos asegurar tu patrimonio con varias alternativas acorde al tamaño de tu empresa y el giro de tu negocio. Nuestra experiencia garantiza la protección de tu patrimonio en todo momento.

¿Qué son los deducibles y como se aplican?

Las exclusiones de un contrato de seguro son aquellas cláusulas o condiciones del mismo en los que el asegurador describe lo que no está cubriendo y por lo tanto delimita el riesgo. La legislación de contrato dice que tiene que incluirlas en el condicionado de forma que estén destacadas, que no se pierdan a la vista de quien lea el documento. 

En un contrato de seguro tan importante leer las coberturas como leer las exclusiones del seguro. 

¿Cuál es la diferencia entre condiciones generales y condiciones particulares?

Condiciones generales 

Las condiciones generales son los textos de los contratos tipo, que deben utilizar las entidades aseguradoras en la contratación de los seguros, que contienen las regulaciones y estipulaciones por las que se rige el contrato respectivo. 

Estas condiciones deberán contener las siguientes estipulaciones relativas a: la cobertura y materia asegurada; exclusiones; obligaciones del asegurado; agravación o alteración de riesgo; declaraciones del asegurado; prima y efectos de su no pago; procedimiento de denuncia de siniestro; terminación del seguro; comunicación entre las partes y, en general, todas aquellas materias destinadas a regular el contrato que no constituyan condiciones particulares del mismo. 

 

Condiciones particulares 

Las condiciones particulares del contrato de seguro son todas aquellas estipulaciones que regulan aspectos que por su naturaleza no son materia de las condiciones generales, y que permiten la singularización de una póliza de seguro determinada, especificando sus particularidades tales como: requisitos de aseguramiento, especificación de la materia asegurada; individualización del asegurador, contratante, asegurado y beneficiario; descripción, destino, uso y ubicación del objeto o materia asegurada, monto o suma asegurada, prima convenida y su forma de pago, franquicias, deducibles o límites de cobertura convenidas y duración del seguro. 

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Oficinas

Guayaquil: C.C. Dicentro, Av Juan Tanca Marengo, 1er Piso, oficina 1415. / PBX: (04) 2590680 / Tel.: 1800 737 737

Quito: Av. República del Salvador N34-349 y Portugal, Edificio Twin Towers, Torre 1 piso 4 oficina 4B. / PBX: 593-4-2590680 | 593-4-5000279 / Tel.: 1800 737 737

Manta: Manta Business Center Piso 13 Oficina 1304, Calle M3 entre Av.23 y 24 esquina, diagonal al hotel Oro Verde. / PBX: (05) 3702520 / Tel.: 1800737 737

Y contamos con una oficina representante en Galápagos

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